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Responsabilidad disciplinaria médica en Colombia: entre la lex artis y el factor aleatorio de la medicina

Por Carlos Eduardo Paniagua Fuentes, abogado especialista en derecho médico de la Universidad Externado de Colombia

La responsabilidad disciplinaria médica en Colombia constituye un pilar fundamental para garantizar la ética en el ejercicio profesional. Sin embargo, no toda complicación clínica ni todo desenlace adverso configuran automáticamente negligencia médica o una falta disciplinaria. Así lo reafirma el Tribunal Nacional de Ética Médica en providencia de 2014, al revocar una sanción impuesta a un médico en un caso de mortalidad materna asociada a complicaciones de preeclampsia y eclampsia.

El caso giró en torno a la atención de una paciente gestante que, tras presentar una crisis hipertensiva súbita, desarrolló complicaciones graves que culminaron en su fallecimiento. Inicialmente, el Tribunal Seccional consideró que existía negligencia médica, al estimar que el profesional se apartó de la lex artis por no aplicar el tratamiento más adecuado en el manejo inicial de la emergencia. No obstante, en segunda instancia, el Tribunal Nacional concluyó que no era posible establecer con certeza que la conducta médica hubiera causado el resultado fatal.

Este pronunciamiento resulta clave para entender la responsabilidad médica en Colombia, pues destaca que la medicina no es una ciencia exacta y que su ejercicio implica un componente aleatorio. En consecuencia, la responsabilidad disciplinaria médica no puede fundamentarse en el resultado adverso, sino en la demostración clara de una conducta contraria a los estándares profesionales.

Asimismo, el fallo resalta que la negligencia médica exige prueba concreta de la infracción a la lex artis, así como del nexo entre la conducta y el daño. En este caso, el médico actuó de manera diligente al remitir oportunamente a la paciente a un centro de mayor complejidad, lo que descartó la imputación disciplinaria.

En conclusión, la responsabilidad disciplinaria médica en Colombia no se basa en el daño, sino en la conducta. Esta distinción es esencial para evitar sanciones injustificadas y garantizar un equilibrio entre el control ético y la realidad del ejercicio médico.